La clasificación R-1 es reservada para los extranjeros que vienen a los Estados Unidos a trabajar como ministro o en una vocación religiosa o tomar parte de una ocupación en una organización religiosa sin fines de lucro u otra organización que está afiliada con una tal organización religiosa.
El extranjero debe haber sido miembro de una denominación religiosa, la cual tiene una organización religiosa sin fines de lucro en los Estados Unidos, por lo menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la petición R-1. La organización estadounidense necesita tener evidencia de una designación 501(c)(3) por el gobierno federal de no tener fines de lucro, o debe estar afiliada a otra organización religiosa que ya ha obtenido dicha designación. El peticionario también debe proporcionar cierta documentación financiera al gobierno. Agentes del Servicio de Inmigración llevan a cabo un chequeo en el cual visitan el sitio para confirmar las condiciones de empleo de ciertas organizaciones religiosas.
Trabajadores R-1 son admitidos inicialmente con un máximo de 2.5 años y pueden renovar su estatus por hasta 2.5 años más. Miembros de la familia del trabajador principal califican para el estatus R-2.